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Año IV /

Me gustaría saber si después de convivir con otra persona cerca de 3 años y tener un hijo con esa misma persona, se puede considerar que es una pareja de hecho, no habiendose inscrito como tal.
Nacho

Mi pequeña o humilde opinion es la de que al no estar inscrito como pareja de hecho, de dicha relación no hay constancia hasta ese momento y a la vez alcanza su validez desde ese mismo instante, con la declaracion y el derecho a ser reconocidos como tal, a efectos civiles.

Considero condición unica la inscripcion para que exista dicha constancia, la convivencia en un domicilio, no implica por si, a mi entender, la declaración de la existencia de pareja de hecho, sino que es a traves de dicha declaración mediante su inscripción en el censo autonomico o municipal de tal situación, cuando se alcanza el derecho a ser reconocido.

Para hacer una analogia, uno puede vivir como pareja "en pecado" muchos años, pero hasta que no pasa por la vicaria no se considera matrimonio. Una pareja puede vivir muchos años "arrejunta" pero hasta que no pasa por el juzgado no alcanza el reconocimiento civil como matrimonio..¿Porque ha de ser diferente la pareja de hecho?

Asi que nada, animarse a pasar por el censo o el notario, sabiendo que en esto la antiguedad no cuenta.

Salud y a disfrutar

LQS Panda